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La regla en resumen

El artículo 2214 del Código Civil obliga al empresario comercial a llevar el libro diario y el libro de inventarios, a redactar los demás registros requeridos por la naturaleza y el tamaño de la empresa, y a conservar de forma ordenada, para cada operación, los originales de cartas, telegramas y facturas recibidas y las copias de las enviadas.

El artículo 2220 fija en diez años desde el último registro el período de conservación de los registros, facturas, cartas y telegramas, recibidos o enviados, incluso en soportes de imágenes, siempre que permanezcan legibles.

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A quién se aplica y qué añade para las sociedades

La obligación de llevanza ordenada no se aplica a los pequeños empresarios, pero afecta plenamente a quienes ejercen actividad comercial de forma más estructurada.

Las sociedades de responsabilidad limitada (S.r.l.) deben además llevar libros sociales específicos —el libro de decisiones de los socios, el libro de decisiones de los administradores y el libro de decisiones del consejo de vigilancia— cuya documentación es conservada por la sociedad; en las sociedades anónimas (S.p.A.), en cambio, las deliberaciones de la asamblea deben constar en acta que indique fecha, participantes y resultado de las votaciones.

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El recorrido operativo paso a paso

Pasos

  1. Antes del uso, numere progresivamente cada página de los libros contables obligatorios.
  2. Registre las operaciones en el libro diario día por día, en orden cronológico.
  3. Redacte el inventario al inicio de la actividad y luego cada año, con los activos y pasivos valorados.
  4. Si elige la llevanza informática, aplique marca de tiempo y firma digital al menos una vez al año.
  5. Conserve registros, facturas, cartas y telegramas durante diez años desde el último registro.

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Un caso hipotético

Ejemplo hipotético: una empresa comercial que cierra su ejercicio en diciembre redacta el inventario a comienzos de año, registra cada factura recibida en el libro diario con numeración progresiva y, si opta por el formato digital, aplica una marca de tiempo anual antes de archivar los documentos durante el período de diez años previsto por el artículo 2220.

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Verificaciones antes de considerar el archivo en orden

  • Libro diario y libro de inventarios numerados progresivamente antes del uso.
  • Originales y copias de cartas, telegramas y facturas conservados de forma ordenada para cada operación.
  • Registros digitales mantenidos consultables en todo momento con los medios disponibles.
  • Actas de asamblea con fecha, participantes, capital representado y resultado de las votaciones.
  • Período de conservación de diez años respetado para cada categoría de documento.

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Cómo un software de gestión puede apoyar el orden documental

Una empresa puede pedir a su socio de software que configure roles distintos para quienes registran las operaciones, quienes archivan los documentos y quienes verifican el cumplimiento, de modo que cada paso desde el documento original hasta el registro contable sea trazable.

Es una elección operativa útil definir un recorrido de revisión periódica que compare el inventario anual con los registros del libro diario, y conservar las versiones digitales de manera que permanezcan legibles y consultables durante todo el período de conservación previsto.

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Aclaraciones frecuentes sobre la llevanza de los libros

  • La numeración progresiva concierne a los libros contables antes de su puesta en uso, según las disposiciones sobre llevanza de registros.
  • La llevanza informática se admite si los registros permanecen consultables y se marcan temporalmente al menos una vez al año.
  • El plazo de diez años corre desde la fecha del último registro, no desde la fecha del documento individual.

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Próximo paso

Verifique con su asesor o software de gestión qué libros y registros se aplican al tamaño de su empresa y establezca un calendario anual para inventario, numeración y conservación decenal.

FAQ

Preguntas frecuentes

¿Quién está exento de la obligación de llevanza ordenada de los registros?

Los pequeños empresarios no están sujetos a estas obligaciones, mientras que el empresario que ejerce actividad comercial debe llevar el libro diario, el libro de inventarios y conservar la documentación de forma ordenada.

¿Durante cuánto tiempo deben conservarse las facturas y la correspondencia?

El artículo 2220 establece diez años desde la fecha del último registro, incluso en caso de conservación en soportes de imágenes, siempre que permanezcan legibles.

¿Qué se necesita para llevar los libros contables en formato digital?

Los registros deben ser consultables en todo momento y, al menos una vez al año, debe aplicarse una marca de tiempo y firma digital del empresario o de un delegado.

Fuentes y verificación