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Qué exige el artículo 226

El artículo 226 de la directiva del IVA 2006/112/CE enumera las indicaciones obligatorias a efectos del IVA para las facturas emitidas conforme a los artículos 220 y 221, salvo disposiciones especiales. Entre ellas figuran la fecha de emisión, un número secuencial que identifique la factura de forma única, el número de identificación del IVA del sujeto pasivo que realiza la operación y el número de identificación del IVA del adquiriente o destinatario. Un sistema de software puede convertir cada indicación en un control obligatorio a ejecutar antes de la emisión.

02

Por qué la obligación surge antes de la emisión

El artículo 220 obliga al sujeto pasivo a garantizar la emisión de una factura para entregas de bienes o prestaciones de servicios a otros sujetos pasivos, así como para los anticipos recibidos antes de la operación. El artículo 233 añade que la autenticidad del origen, la integridad del contenido y la legibilidad de una factura deben garantizarse desde el momento de la emisión hasta el final del período de conservación, y que esto puede lograrse mediante controles de gestión que creen una pista de auditoría fiable entre la factura y la operación subyacente.

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Cómo traducir el artículo 226 en controles

Pasos

  1. Verificar que cada factura incluya una fecha de emisión antes del guardado definitivo.
  2. Comprobar que el número secuencial identifique la factura de forma única dentro de su serie.
  3. Validar el número de identificación del IVA del sujeto que realiza la operación.
  4. Validar el número de identificación del IVA del adquiriente o destinatario para las operaciones correspondientes.
  5. Si el importe no está expresado en moneda nacional, verificar la conversión según el artículo 230.

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Un caso hipotético: lotes de facturas electrónicas

Ejemplo hipotético: una empresa envía varias facturas electrónicas al mismo destinatario en un solo lote. Según el artículo 236, las indicaciones comunes a varias facturas pueden mencionarse una sola vez, siempre que para cada factura la totalidad de la información permanezca accesible. Un control de software puede entonces verificar que cada factura del lote, aunque no repita los datos comunes, mantenga todas las indicaciones requeridas consultables individualmente.

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Lista de verificación mínima antes de la emisión

  • Fecha de emisión presente y correcta.
  • Número secuencial único asignado a la factura.
  • Número de IVA del sujeto pasivo emisor verificado.
  • Número de IVA del adquiriente o destinatario verificado, cuando se requiera.
  • Pista de auditoría entre la factura y la operación subyacente documentada (art. 233).

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Qué puede configurar una empresa en un sistema de gestión

Una empresa puede pedir a su socio de software que configure roles y pasos de revisión que verifiquen, antes de la emisión, la presencia de las indicaciones previstas por el artículo 226. También puede organizar una traza que vincule cada factura con la operación de referencia, coherente con la idea de pista de auditoría fiable del artículo 233, y prever un archivo ordenado de las copias, de modo que puedan estar disponibles para las autoridades competentes a petición, como establecen los artículos 244 y 245. Estas son elecciones operativas sugeridas, no requisitos de producto.

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Preguntas frecuentes sobre el flujo de control

El acuerdo del destinatario es relevante para la factura electrónica: el artículo 232 la supedita a su consentimiento, salvo excepciones establecidas por los Estados miembros.

La contabilidad debe ser suficientemente detallada para permitir la aplicación del IVA y su control, según el artículo 242.

La declaración del IVA debe presentarse dentro de un plazo fijado por los Estados miembros, que no puede superar en más de dos meses el vencimiento del período impositivo, según el artículo 252.

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Siguiente paso

Compare la lista de verificación con su ciclo de emisión de facturas actual y pida a su socio de software que active los controles que falten sobre las indicaciones del artículo 226 antes de la próxima campaña de facturación.

FAQ

Preguntas frecuentes

¿Qué indicaciones mínimas exige el artículo 226 para cada factura?

Fecha de emisión, número secuencial único, número de IVA del sujeto que realiza la operación y número de IVA del adquiriente o destinatario, salvo disposiciones especiales de la directiva.

¿Cómo se garantiza la integridad de una factura según el artículo 233?

Mediante controles de gestión que creen una pista de auditoría fiable entre la factura y la entrega de bienes o prestación de servicios asociada, desde la emisión hasta el final del período de conservación.

¿Un lote de facturas electrónicas puede omitir datos repetidos?

Sí, el artículo 236 permite indicar una sola vez la información común a varias facturas electrónicas dirigidas al mismo destinatario, siempre que cada factura permanezca totalmente accesible.

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Fuentes y verificación